Persona Intervenida
ID | Pregunta | Respuesta |
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1.11 | ¿Cuál era [su edad] [la edad de la persona intervenida] al momento de la intervención? | |
1.14 | 27. ¿Cuál es el grado educativo más alto que alcanzó la persona intervenida? | Graduado de Escuela Superior |
1.17 | 28. ¿Cuál es la nacionalidad de persona intervenida? ¿Dónde nació la persona intervenida? | Puertorriqueña |
1.21 | [789 show=”field_label”] | [789] |
1.22 | 32. ¿Con cuál género se identifica la persona intervenida? | Hombre |
1.25 | 30. ¿A qué se dedica la persona intervenida? | Impresora |
Evento
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
2.01 | 5. ¿A qué se debió la intervención de la Policía? * | Intervención general |
2.02 | 5a. ¿En qué protesta o manifestación ocurrió la intervención de la Policía? * | |
2.03 | [334 show=”field_label”] | |
2.04 | [335 show=”field_label”] | |
2.07 | [475 show=”field_label”] | |
2.08 | [476 show=”field_label”] |
Relato
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
3.01 | 5a. ¿En qué protesta o manifestación ocurrió la intervención de la Policía? * | |
3.02 | 6. El oficial de la Policía, ¿utilizó fuerza física o algún instrumento (macana, esposas, descarga eléctrica, agarres, golpes, vehículos, etc) contra la persona intervenida? | Sí |
3.03 | 7. Como consecuencia de esta intervención, la persona intervenida: * | |
3.04 | 7a. Por favor describa el tipo de herida que recibió la persona intervenida y el lugar del cuerpo afectado. | |
3.05 | 7b. ¿Los oficiales procuraron que la persona intervenida haya recibido tratamiento médico? | |
3.06 | 7b. ¿Los oficiales procuraron tratamiento médico previo a su fallecimiento? | |
3.11 | Otro uso de fuerza | La persona fue golpeada en la cabeza con algún objeto y en el cuerpo. No fueron policías. |
3.12 | 9. Explíquenos, por favor, en detalle todo lo que pasó y cómo fue la intervención de la policía. |
La noche del 20 de junio José Luis López Fraticelli estaba tratando de descansar pero los vecinos tenían un “vacilón”. La persona entrevistada fue su representante legal en este caso y explica que los vecinos y JL tenían roces constantes por una controversia de una herencia. Dice que había sido víctima de acecho por los vecinos. Señala que JL vivía solo. JL va y les pide que bajen la voz, que es tarde y hay toque de queda. Los vecinos se niegan y le contestan “viejo cabrón te vamos a explotar.” Para molestarlos, JL va a su hogar y prende fuego a unas hojas de plátano para ver si con el humo los vecinos se van. Posteriormente, JL ve a unos muchachos que van hacia su residencia, estaban tirando piedras, así que se esconde, se va por otro lado, coge una lámpara para alumbrarse pues estaba bien oscuro. Ahí recibió un golpe de parte de uno de los jóvenes vecinos con un tronco de árbol. El golpe lo dejó muy aturdido, casi inconsciente, le dieron una pela, varios golpes más. Alcanzó a escuchar la voz familiar de un señor que dice “¿pero qué hicieron con él?”. JL llegó a su cuarto casi inconsciente y se acostó. Estaba demasiado mal como para poder moverse a un hospital. A la mañana siguiente, cuando despierta, JL encuentra las piedras en su auto y todos los cristales rotos. Llama a un señor albañil a quien le estaba haciendo un trabajo. El señor lo recogió y lo llevó al CDT de Guayanilla, donde le hicieron exámenes. Cuando sale del CDT, va al cuartel de Guayanilla para hacer una querella. Ahí le refieren al oficial Rodríguez y que lo puede conseguir de 8pm a 5am. Va a cuartel de Guayanilla a presentar querella y le dicen que no pueden tomar querella, que ese caso ya está asignado a Policía Rodríguez ya que los agresores habían radicado una querella. Le dicen que tiene que ir entre 8:00PM y 4:00AM. Él les dijo que no podía ir a esas horas, que además había toque de queda. Más adelante le comentó a su abogado Martín González que “nunca me cogen la querella, no me hacen caso. Los muchachos (vecinos) tienen familia que son guardias penales (y los protegen)”. Aparentemente se había quejado a la policía muchas veces acerca de los vecinos. Él sintió que al menos cumplió, lo dijo y se fue para su casa. “Pues váyanse al carajo si no van a tomar la querella”, pensó JL según le dijo al Abogado. El 31 de junio lo citaron para el día siguiente, 1ro de julio a las 2:00PM. Le dieron a entender que lo iban a entrevistar para su querella, pero nunca lo entrevistaron a pesar de que era víctima de una agresión que podía considerarse tentativa de asesinato. Su formulario de citación era para cita para posible testigo: no fue la de acusado. Y no se le advertía ni que era sospechoso de delito ni de su derecho a abogado, con todo el propósito de encontrarle causa y que no tuviera representación legal en su vista de regla 6. Esto a pesar de que, desde el 24 de junio, José Luis había conseguido que el Tribunal emitiera una orden protección a su favor, (antes de la Regla 6). También había una orden de protección conta JL de parte de los vecinos. “Eso era un abuso de gente joven contra un viejo”, dice su abogado Martín González. El abogado comentó que tanto en su oficina como en la vista, vio que JL estaba mal. Le faltaba el aire. El abogado le preocupó que fuese COVID-19. Le preguntó a JL y este le contestó que estaba mal desde aquella noche que lo agredieron. “A mí me dejaron mal”, le expresó JL al abogado. El abogado indicó que a JL le tomaron placas de cabeza y pecho. Señaló que se ven las lesiones de JL, que la Policía no investigó. Especuló que la Policía lo que quería es acusar a JL dado que no verificaron su record ni sus alegaciones. A JL lo acusaron de tentativa de asesinato, amenaza y de incendio. JL le afirmó al abogado que nunca le pegó a nadie. Policía López testificó en Regla 6 que, según su investigación, “en la comunidad decían” que JL era una “persona peligrosa”. El Licenciado González le cuestionó por qué decían eso y el policía no pudo contestar. Le preguntó si era peligroso por ser un “viejo luchador abiertamente independentista y activista de causas de toda la vida”. De hecho, los vecinos tenían cámaras de vigilancia y el video “desapareció” misteriosamente. “Querían acusarlo. No vieron el record de Guayanilla del CDT, no verificaron las declaraciones de él. Lo acusaron de tentativa de asesinato, incendio y amenaza porque él decía que les iba a prender fuego a todos pero esa era su manera de enfrentarse a los insultos y agresiones. En ningún momento le pegó al muchacho, eso sostenía en todo momento. Los vecinos tienen relación con Mayita (alcaldesa de Ponce) y vínculos políticos. Él murió en la cárcel por pobre. El juez le bajó de tentativa de asesinato a agresión grave por el arma banca, por el tubo. El abogado pidió que lo dejaran fuera con grillete, él había sido citado y compareció, no tenía pasaporte, no había riesgo de fuga. “Dele la oportunidad de buscar un grillete para que no tenga que ir al presidio”, pidió González. “Es una persona sola”. Le pidió un “break” de por lo menos 3 días para lograr las gestiones necesarias para el grillete. La juez lo mandó a la cárcel. El Licenciado González vio que, cuando empezaba la vista, JL tenía problemas de respiración. Un alguacil le preguntó si JL estaba bien. ¿Qué pasó de Ponce a Bayamón? Abogado comenta que cuando personas alegan golpes hay que hacerles chequeos médicos para documentar que no hayan sido bajo custodia, por la Policía o Corrección. “Ellos (El Estado, Corrección y Policía) tenían la obligación de llevar a JL a un médico. Cuando lo ingresan le debieron haber hecho preguntas”. El comunicado de Corrección tras la muerte de José Luis dice que él recibió atención médica. Pero el abogado cuestiona la rapidez del resultado de COVID-19. Al ingresar a prisión, según Corrección, José Luis dio negativo a COVID-19. Pero los resultados de esas pruebas suelen tardar días. ¿Cómo le dieron ingreso? ¿Tenían el resultado el mismo día? A los 4 días, José Luis falleció, con traumas en el cuerpo según documenta un comunicado de prensa del Departamento de Corrección. |
3.13 | 10. ¿Considera que le trataron adecuadamente? Puede abundar todo lo que desee. (Si este asunto se contesto anteriormente no tienen que realizar esta pregunta) | |
3.14 | 11. ¿Cómo se sintió emocionalmente? Puede abundar todo lo que desee. (Si este asunto se contesto anteriormente no tienen que realizar esta pregunta) | |
3.15 | 12. ¿[Usted] [la persona intervenida] estaba armada? | No |
3.16 | 12a. ¿Qué tipo de arma portaba? | |
3.17 | ¿Cuál arma blanca? | |
3.18 | ¿Qué otro tipo de arma portaba? |
Detalles de la intervención
ID | Pregunta | Respuesta |
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4.01 | 20. El agente de la Policía, ¿dijo la razón para llevar a cabo la intervención? | |
4.02 | 20a. ¿Qué razón dijo para llevar a cabo la intervención? | |
4.03 | 21. El oficial de la Policía, ¿advirtió que utilizaría fuerza física contra la persona intervenida? | |
4.04 | 21a. ¿La advertencia de fuerza física fue de forma amenazante? | |
4.05 | 21b. Por favor, ¿puede dar detalles sobre esta advertencia de fuerza física? | |
4.06 | 22. El oficial de la Policía, ¿amenazó de alguna forma a la persona intervenida? | Sí |
4.07 | 22a. Por favor, ¿puede dar detalles sobre esta amenaza? | |
4.08 | 23. Como resultado de la intervención, ¿hubo alguna multa? | |
4.09 | 23a. ¿Cuál es la causa de la multa según el boleto? | |
4.1 | 24. Como resultado de la intervención, ¿hubo alguna citación al tribunal? | |
4.11 | 24a. ¿Cuál es la causa de la citación según el boleto? | |
4.12 | 25. A la persona intervenida, ¿el oficial de la Policía le arrestó o le impidió abandonar el lugar en algún momento? | |
4.13 | 26. ¿Se presentó alguna querella contra algún oficial involucrado? | |
4.14 | 26a. Añada el número de querella: | |
4.15 | 26b. ¿Cuál es la causa de la querella según el boleto? |
Agentes
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
5.01 | 16. ¿Cuántos oficiales intervinieron? | 3 |
5.02 | 17. ¿Qué tipo de oficial de la Policía intervino? ¿Fueron estatales, municipales, federales u otros? | Policía estatal de Puerto Rico |
5.03 | 17a. Seleccione la municipalidad de los oficiales | |
5.04 | 18. El oficial de la Policía, ¿tenía su nombre y placa visibles en su uniforme? | |
5.05 | 19. ¿Tiene usted el nombre del oficial o su número de placa? | Sí |
5.06 | Nombre de oficial de la Policía | Angel López Sánchez, Dole Santos Santiago, Joseph Rodríguez Cruz |
5.07 | # Placa de oficial | 24382, 17099, 31947 |
5.08 | Jurisdicción | Policía estatal de Puerto Rico, Policía estatal de Puerto Rico, Policía estatal de Puerto Rico |
Lugar de la intervención
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
6.02 | *No usar – 13. ¿En qué lugar específicamente ocurrió la intervención? | Residencia propia (Barrio Ramero Ramal), Guayanilla |
6.03 | [436 show=”field_label”] | [436] |
6.04 | 14. ¿Cuándo ocurrió la intervención? | 20/06/2020 |
6.05 | 15. ¿A qué hora ocurrió la intervención? | 11:30 PM |
6.08 | municipio_intervencion | Guayanilla |
Fuente
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
7.11 | Fuentes de información: * |
Caso #5484
Fin de la información