Persona Intervenida
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
1.11 | ¿Cuál era [su edad] [la edad de la persona intervenida] al momento de la intervención? | 22 |
1.14 | 27. ¿Cuál es el grado educativo más alto que alcanzó la persona intervenida? | Escuela Superior |
1.17 | 28. ¿Cuál es la nacionalidad de persona intervenida? ¿Dónde nació la persona intervenida? | Puertorriqueña |
1.21 | [789 show=”field_label”] | [789] |
1.22 | 32. ¿Con cuál género se identifica la persona intervenida? | Hombre |
1.25 | 30. ¿A qué se dedica la persona intervenida? | Cocinera, Cocinera |
Evento
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
2.01 | 5. ¿A qué se debió la intervención de la Policía? * | Intervención en protesta o manifestación |
2.02 | 5a. ¿En qué protesta o manifestación ocurrió la intervención de la Policía? * | Manifestación por transporte marítimo de Vieques y Culebra |
2.03 | Descripción | |
2.04 | Tipo de Evento | |
2.07 | Dirección | |
2.08 | Municipio |
Relato
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
3.01 | 5a. ¿En qué protesta o manifestación ocurrió la intervención de la Policía? * | Manifestación por transporte marítimo de Vieques y Culebra |
3.02 | 6. El oficial de la Policía, ¿utilizó fuerza física o algún instrumento (macana, esposas, descarga eléctrica, agarres, golpes, vehículos, etc) contra la persona intervenida? | Sí |
3.03 | 7. Como consecuencia de esta intervención, la persona intervenida: * | Se afectó emocionalmente |
3.04 | 7a. Por favor describa el tipo de herida que recibió la persona intervenida y el lugar del cuerpo afectado. | |
3.05 | 7b. ¿Los oficiales procuraron que la persona intervenida haya recibido tratamiento médico? | |
3.06 | 7b. ¿Los oficiales procuraron tratamiento médico previo a su fallecimiento? | |
3.11 | Otro uso de fuerza | |
3.12 | 9. Explíquenos, por favor, en detalle todo lo que pasó y cómo fue la intervención de la policía. |
En la mañana del 27 de marzo [de 2021] se volvió a escuchar rumores de protestas en Vieques en contra de la administración de la ATM que han corrido ya desde hace días en la isla. Cuando vimos las imágenes de cómo la Policía estaba interviniendo con manifestantes en Culebra nos pareció súper injusto. Por eso la comunidad viequense organizó una manifestación simultánea y parecida a lo que los culebrenses realizaron. A eso de las 1:00 p.m. entramos al agua del muelle de Isabel II para impidir la salida de Cayo Blanco, la lancha que embarcaba de Vieques a Ceiba, como una manifestación totalemente pacífica para hacer escuchar los reclamos de las islas municipios y en solidaridad con la manifestación de Culebra. Nuestro popósito era que la lancha no saliera, pero en ningún momento [la Policía] quizo llegar a una negociación para acordar el cómo protestar o cómo llegar a una solucion a la crisis que tenemos actualmente. Al principio de la manifestación sólo éramos 4 manifestantes: dos manifestantes en kayas [inluyendome] y otras dos compañeras en boogie. Pero luego de mi arresto [narrado más adelante] más personas se tiraron al agua y la cantidad subio a unos 10 a 12 manifestantes. La edad de los manifestantes variaba desde jóvenes hasta adulttos, todos miembros de la comunidad vienquense. La lancha salía a las 1:00 p.m. de Ceiba y llegó al puerto a eso de las 1:25p.m. donde se encontró con nosotros en el agua. Aunque le permitimos a la lancha que entrara y descargara los pasajeros, no dejamos que la lancha saliera como la forma prinipal de nuestra protesta. La Policía Estatal de Vieques de estuvieron presente, pero no estoy seguro de qué estaba haciendo porque ellos estan en tierra y yo estaba en el agua. Sin embargo, estos no tenían qué hacer desde allá. De hecho, cuando me arrestan [más adelante], escuché a los agentes de FURA en la lancha quejarse por no recibir apoyo de la Policía. Diez a 15 minutos después del comienzo de nuestra protesta pacífica llegó una lancha de FURA llamada “Cobra 15” con 8 a 10 oficiales. Cuando se acercan el teniente acargo de la embarcación comienza a ordenarnos a despojar el área y que si no nos salíamos del agua íbamos a ser intervenidos, pero nosotros nos opusimos a estas ordenes. Desde un inicio, los oficiales se veía agitados, asumiendo que por la situación de Culebra. De primera se notó que no estaban muy puestos para dialogar para llegar a una solución. Cuando nos negamos a movernos FURA comienzó a perseguirnos en el agua con la lancha, navegando muy cerca de los manifestantes en el agua. Estos representa un peligro y una ilegalidad, según el artículo 7 de la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico, insiso 9 que dice que “está prohibido mover negligentemente una embarcación poniendo en riesgo la salud, vida o propiedad ajena”. Escucho que la Policía nos estaba gritando cosas, pero no lograba entenderlas ya que me estaba concentrando en remar y mantener mi kayak equilibrado. La embarcación de FURA continuaba seguiéndome y rodeándome, dando vueltas a mi alrededor. Yo seguía escapandome de ellos, pero luego de 10 minutos de persecusión la lancha embestió mi kayak, tumbándome al agua de manera totalmente intencional y deliberada. Antes de yo poder sumergirme y escaparme, el Sargento Juan C. Díaz Ortíz [de la Unidad Motorizada en Liquillo) me cogió por la camisa y, por el cansancio de tanto remar, permití que me introdujeran en la embarcación y que me arrestaran sin poner resistencia. Cuando me sacan del agua y sientan en la embarcación casi todos los oficiales estaban encima de mí preocupados por mi bien estar. Esto no me sorprendió ya que los agentes eran conciente de lo que hicieron. La Policía sabía que el impacto que recibí de la lancha no fue un accidente, sino una acción premeditada y deliberada y eran conciente de los daños que me pudieron provocar. Ellos enbestieron y arrollaron a mí y a mi kayak con una lancha. Fácilmente pudo haber pasado una tragedia y la Policía tomó ese riesgo con tal de arrestarme. Sin embargo, esta preocupación no duró mucho, ya que cuando confirman mi bien estar me indican que estaba arrestado, me ponen un salvavida y me esposan a la barra [estribo] de la lancha. No me dicen la razón del arresto hasta 40 minutos después que me detienen, la cual fue supuesta violación al articulo 2.40 del Código Penal por “sabotaje al servicio esencial”. Luego de que me aseguran en su custodia, la actitud de la Policía volvió a a tener su actitud hostil, enfocándose en atrapar otros manifestantes. Ellos estaban fogosos y solo bregaban con insultos. Como ya estoy en la embarcación [de FURA] pude escuchar claramente alguno de los insultos y las burla de los oficiales hacia los manifestantes. Entre estos, la Policía llamaban a los manifestantes “débil” y “pendejos”, entre sí se referían a estos como “…estos cabroncitos” y les gritaban cosas como “[ustedes] están peleando por nada”. Todo esto simplemente porque no lograban coger a los manifestantes. Hubo un momento en que la lancha [de FURA] se le acercó mucho a uno de mis compañeros [manifestantes en el agua] y le grité que tuviera cuidado con la lanca. Como respuesta, el único teniénte de la Unidad Marítima de Ceiba me amenazó con agredirme al decirme “No estés gritando, que va, me resbalo y te tumbo los dientes”. Ahí yo le pido su número de placa e información, que no tiene ninguna visible porque su camisa estaba tapada por su salvavida, pero el agente me dijo con un tono sarcástico “Mi numero de placa es el mismo que el tuyo”. Como mencioné, la Policía esposó mi mano izquierda a la embarcación para seguir intentado arrestar a otros manifestantes en el agua. Luego de rendirse y dirigir la lancha hacia Ceiba, el teniente de FURA da la orden de moverme a la parte superior de la lancha, ya que estoy en la borda justo alfrente de la embarcación. El agente Joe Ramirez pide la llave de mis esposas, pero resultó que solo había una copia y que otro agente era el que la tenía. Este otro agente le dice que la llave está en un bulto que había cerca, pero Ramirez no las encontraba y terminó preguntandole en qué bolsillo estaban. En fin, se tardaron unos 3 minutos en encontrarla. En ese momento temí por mi seguridad, ya que si algo le ocurría a la lancha y hubiese que abandonar la embarcación no me hubiesen socorrado a tiempo, poniéndo mi vida en riesgo una vez más. Luego del arresto, por lo general, me trataron bien y con respeto. Cuando llegamos a Ceiba me tomaron mi información, me leyeron mis derechos, me dieron las advertencias penales y me permitieron hacer una llamada. Cuando me hacen el papeleo, me transfieren a la comandancia de Fajardo. Todo fue respetuoso en el proceso del traslado de lado a lado. En la comandancia de Fajardo me mantiene en la patrulla hasta que llega mi familia a eso de las 7:00-7:30 p.m. Cuando llega mi familia proceden a escortame a la comandancia donde se realizó la vista y se comenzó primero con las vistas de los manifestantes arrestados en la protesta de Culebra. No fue hasta las 11:30 p.m. que por fin se dio mi caso. Sin embargo, nunca se me ofreció un abogado, así que no tuve representación durante mi vista. Allí me encontraron causas por el artículo 2.40 del código penal, “Sabotaje al servicio esencial”, y me soltaron bajo fianza y con una cita al tribunal. Curiosamente, Johny Mendez, el representante de Vieques en la Cámara de Representante, está en record diciendo que [la ATM] no es un servicio escencial. Aún así me encuentran en violación por el artículo 2.40 [del código penal]. Al final de la vista la Policía me acompaña hasta el carro de mi padre donde la prensa me estaba esperando para hacerme preguntas. Allí el Sargento Juan C. Díaz Ortíz de la Unidad Motorizada de [la Policía Estatal de] Luquillo me dio un papel con su información para que lo utilizara como justificación por si algún oficial nos detuviera de camino a Humacao en horas del toque de queda. De este papel pude confirmar que ese día FURA fue asistida por la Unidad Motorizada de [la Policía Estatal de] Luquillo. También lo había notado durante la manifestación porque vi los parchos que los oficiales tienen en sus uniforme y noté que cada unidad tiene su propio parcho. |
3.13 | 10. ¿Considera que le trataron adecuadamente? Puede abundar todo lo que desee. (Si este asunto se contesto anteriormente no tienen que realizar esta pregunta) | |
3.14 | 11. ¿Cómo se sintió emocionalmente? Puede abundar todo lo que desee. (Si este asunto se contesto anteriormente no tienen que realizar esta pregunta) | |
3.15 | 12. ¿[Usted] [la persona intervenida] estaba armada? | No |
3.16 | 12a. ¿Qué tipo de arma portaba? | |
3.17 | ¿Cuál arma blanca? | |
3.18 | ¿Qué otro tipo de arma portaba? |
Detalles de la intervención
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
4.01 | 20. El agente de la Policía, ¿dijo la razón para llevar a cabo la intervención? | Sí |
4.02 | 20a. ¿Qué razón dijo para llevar a cabo la intervención? |
No me dicen la razón del arresto hasta 40 minutos después que me detienen, la cual fue supuesta violación al articulo 2.40 del Código Penal por “sabotaje al servicio esencial”. |
4.03 | 21. El oficial de la Policía, ¿advirtió que utilizaría fuerza física contra la persona intervenida? | Sí |
4.04 | 21a. ¿La advertencia de fuerza física fue de forma amenazante? | Sí |
4.05 | 21b. Por favor, ¿puede dar detalles sobre esta advertencia de fuerza física? |
Que nos iban a intervenir y sacar del agua. |
4.06 | 22. El oficial de la Policía, ¿amenazó de alguna forma a la persona intervenida? | Sí |
4.07 | 22a. Por favor, ¿puede dar detalles sobre esta amenaza? |
Hubo un momento en que la lancha [de FURA] se le acercó mucho a uno de mis compañeros [manifestantes en el agua] y le grité que tuviera cuidado con la lanca. Como respuesta, el único teniénte de la Unidad Marítima de Ceiba me amenazó con agredirme al decirme “No estés gritando, que va, me resbalo y te tumbo los dientes”. |
4.08 | 23. Como resultado de la intervención, ¿hubo alguna multa? | Sí |
4.09 | 23a. ¿Cuál es la causa de la multa según el boleto? | Sí, una fianza de $1,500. Pero un programa gubernamental me pagó la fianza ya que soy un individuo sin antecedentes. |
4.1 | 24. Como resultado de la intervención, ¿hubo alguna citación al tribunal? | Sí |
4.11 | 24a. ¿Cuál es la causa de la citación según el boleto? | Sí, una vista con antelación el 9 de abril del 2021 y una preliminar el 12 de abril de 2021. Les envío la citación. |
4.12 | 25. A la persona intervenida, ¿el oficial de la Policía le arrestó o le impidió abandonar el lugar en algún momento? | Arrestado |
4.13 | 26. ¿Se presentó alguna querella contra algún oficial involucrado? | No |
4.14 | 26a. Añada el número de querella: | |
4.15 | 26b. ¿Cuál es la causa de la querella según el boleto? |
Agentes
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
5.01 | 16. ¿Cuántos oficiales intervinieron? | 10 |
5.02 | 17. ¿Qué tipo de oficial de la Policía intervino? ¿Fueron estatales, municipales, federales u otros? | Policía estatal de Puerto Rico, FURA |
5.03 | 17a. Seleccione la municipalidad de los oficiales | |
5.04 | 18. El oficial de la Policía, ¿tenía su nombre y placa visibles en su uniforme? | No |
5.05 | 19. ¿Tiene usted el nombre del oficial o su número de placa? | Sí |
5.06 | Nombre de oficial de la Policía | Sargento Juan C. Díaz Ortíz [Unidad Motorizada], Agente Joe Ramírez [Unidad Motorizada], Agente Toro [Unidad Motorizada] |
5.07 | # Placa de oficial | 20989 |
5.08 | Jurisdicción | Policía estatal de Puerto Rico, Policía estatal de Puerto Rico, Policía estatal de Puerto Rico |
Lugar de la intervención
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
6.02 | 13. ¿En qué lugar específicamente ocurrió la intervención? | Vieques Ferry Terminal, Cll Morropo, Vieques, 00765, Puerto Rico |
6.03 | Google Map |
|
6.04 | 14. ¿Cuándo ocurrió la intervención? | 27/03/2021 |
6.05 | 15. ¿A qué hora ocurrió la intervención? | 2:30 PM |
6.08 | municipio_intervencion |
Fuente
ID | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
7.11 | Fuentes de información: * | Entrevista a familiar de la persona intervenida |
Caso #5949
Fin de la información